El Tribunal Supremo de España suspende el derecho al voto de miles de naturalizados por la "Ley de Nietos"

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El Tribunal Supremo de España ha dictaminado la suspensión cautelar de la inscripción en el censo electoral de miles de personas que adquirieron la nacionalidad española a través de la "Ley de Memoria Democrática". Esta medida, motivada por un recurso de partidos de ultraderecha, genera incertidumbre sobre su participación en las elecciones de 2027 y ha provocado reacciones encontradas en el panorama político español y entre los afectados.

La máxima instancia judicial de España ha ordenado la paralización temporal de la inclusión en el registro electoral de un gran número de individuos que se hicieron ciudadanos españoles mediante la conocida como “ley de nietos”, lo que pone en entredicho su capacidad para sufragar en los próximos comicios generales programados para 2027. La resolución, emitida el martes, es una respuesta a una impugnación presentada por las agrupaciones de ultraderecha Vox e Iustitia Europa, que cuestionan la manera en que se ha aplicado la Ley de Memoria Democrática, promulgada en octubre de 2022. El tribunal considera que permitir el registro de estos ciudadanos en el padrón electoral representa un “riesgo fundado, real y grave” que podría comprometer la “imparcialidad y transparencia” del proceso electoral. No obstante, esta disposición no es una determinación definitiva; se trata de una medida precautoria mientras el Tribunal Supremo examina la esencia de la impugnación.

¿A quiénes afecta?

La denominada “ley de nietos” concede a ciertos descendientes de españoles que se exiliaron durante la Guerra Civil y la dictadura franquista la posibilidad de solicitar la nacionalidad española. Desde su implementación, miles de personas, particularmente en América Latina, han utilizado esta vía para obtener la ciudadanía española. Según los datos oficiales más recientes, hasta el 31 de mayo pasado se habían recibido 2.4 millones de solicitudes de nacionalidad bajo esta normativa. De este total, 333,696 individuos ya estaban registrados en el padrón electoral de extranjeros, mientras que otros 238,065 habían adquirido la nacionalidad y se encontraban en proceso de incorporarse al registro electoral, conforme a información citada por El País. La decisión impacta a quienes ya figuran o están gestionando su incorporación al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), donde se inscriben los españoles que residen fuera del país.

¿Por qué el Supremo suspendió el voto?

La impugnación de Vox e Iustitia Europa cuestiona un acuerdo de julio de la Junta Electoral Central (JEC), que rehusó pronunciarse sobre las implicaciones electorales de la Ley de Memoria Democrática. El Tribunal Supremo argumenta que la inscripción de los nacionalizados bajo una interpretación amplia de la ley podría modificar el censo electoral y afectar la claridad del proceso. El tribunal establece que, para ejercer el derecho al voto bajo este supuesto, los beneficiarios deben demostrar que son hijos o nietos de personas nacidas fuera de España que originalmente eran españolas y que padecieron el exilio por motivos políticos, ideológicos, religiosos o relacionados con su orientación o identidad sexual, entre otros requisitos contemplados en la normativa. Este criterio entra en conflicto con las directrices emitidas por el Ministerio de Justicia en 2022, cuando se definió cómo debía aplicarse la Ley de Memoria Democrática. En aquellas instrucciones se indicaba que no era necesario certificar individualmente la condición de exiliado en ciertos casos. Incluso se establecía una presunción para los españoles que abandonaron el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. El Supremo considera que esa interpretación extensa habría contribuido al incremento del CERA y sostiene que “no parece ajustarse” al contenido de la propia ley.

Sánchez critica la decisión

El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, criticó la determinación judicial y acusó al Partido Popular y a la ultraderecha de restringir el derecho al voto de ciudadanos españoles. “El Partido Popular y la ultraderecha cercenan el derecho al voto de miles y miles de ciudadanos españoles”, afirmó. Sánchez sostuvo que su Gobierno no aspira a tener “ciudadanos de primera y de segunda”, sino ciudadanos “todos de primera, con los mismos derechos”. El mandatario también solicitó al Tribunal Supremo que resuelva el caso con celeridad para evitar que la suspensión se prolongue y genere incertidumbre entre los afectados.

Vox celebra el fallo

Mientras el Gobierno censuró la decisión, Vox la celebró como un triunfo político. La portavoz de la formación en el Congreso, Pepa Millán, aseguró que el tribunal había suspendido los efectos electorales de la llamada ley de nietos y lo que calificó como un intento de manipulación del censo de cara a las próximas elecciones. Millán sostuvo que su partido logró detener lo que considera un intento del Gobierno de Sánchez de “adulterar el censo”. El Partido Popular también ha reclamado protagonismo político tras la decisión judicial.

Preocupación entre los beneficiarios

La medida ha suscitado inquietud entre los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática o que aún están en proceso de tramitación. Felipe Gómez, nacionalizado español mediante esta normativa y nieto de una republicana exiliada en México en 1939, manifestó a El País su preocupación por la decisión. Consideró que la controversia podría incluso impulsar a algunos afectados a movilizarse para defender su derecho al voto. “Yo prevería que antes de las elecciones esto se haya resuelto conforme a la ley”, dijo. Gómez cuestionó que un Estado democrático establezca distinciones entre ciudadanos en función de la vía por la cual obtuvieron la nacionalidad. La chilena Antonia Álvarez, quien gestiona su nacionalidad española, también criticó la decisión. “Esto, claramente, afectará a muchas personas que debieran tener este derecho como ciudadanos, los que la obtuvieron y los que estamos en trámite”, afirmó a la prensa española. Para Álvarez, la medida genera una sensación de rechazo entre quienes aspiran a convertirse en ciudadanos españoles.

Una decisión todavía provisional

El Tribunal Supremo dejó claro que la suspensión es cautelar y temporal, mientras prosigue el proceso judicial sobre el fondo de la controversia. Por ahora, quienes estén incluidos en los supuestos afectados deberán esperar a que el tribunal determine si la interpretación de la Ley de Memoria Democrática utilizada para ampliar el acceso a la nacionalidad y al censo electoral se ajusta a la legislación española. La decisión final será crucial para miles de ciudadanos naturalizados, muchos de ellos residentes en América Latina, que esperaban ejercer por primera vez su derecho al voto en unas elecciones generales españolas.