La esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, y su asesora, Cristina Álvarez, han sido formalmente enviadas a juicio con jurado por supuestos delitos de tráfico de influencias y malversación de fondos. Esta decisión judicial marca la culminación de una investigación que se ha extendido por más de dos años y medio, a raíz de una denuncia inicial. El magistrado encargado del caso ha determinado que ambas deben responder ante la justicia popular.
El juez Juan Carlos Peinado ha emitido este lunes la orden para iniciar el juicio oral contra Begoña Gómez, cónyuge del presidente del Gobierno, por las presuntas infracciones de tráfico de influencias y malversación, y contra su asesora, Cristina Álvarez, por la segunda acusación. Conforme a lo previsto, el magistrado, recién llegado de sus vacaciones, remite a ambas a un proceso judicial con un jurado popular antes de su inminente jubilación esta misma semana, concluyendo así una pesquisa que se inició hace casi dos años y medio a raíz de una denuncia presentada por Manos Limpias.
En su resolución, que abarca 67 páginas, Peinado descarta aplicar cualquier medida precautoria contra ellas o exigirles fianza, pero sí ha dispuesto investigar la «capacidad económica» de Begoña Gómez mediante el Punto Neutro Judicial para que se incorporen al expediente las cinco últimas declaraciones de impuestos, en el contexto de posibles responsabilidades económicas que pudieran serle imputadas.
También se establece para ambas la «obligación» de permanecer «en todo momento» a disposición del juzgado y de la Audiencia Provincial de Madrid, organismo al que ahora se remitirá el caso para que fije la fecha del juicio, y al que deberán notificar cualquier cambio de «domicilio o paradero». Las acusaciones populares coordinadas por Hazte Oír solicitan 13 años de prisión para Begoña Gómez y 6 para Cristina Álvarez en una causa que se centra en el rol de la esposa del presidente del Gobierno como codirectora de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), el software desarrollado en su marco y la labor que su asesora realizó para ella, pagada con fondos públicos. La Fiscalía y las defensas solicitan la absolución.
El juez considera que ambas acusadas deberán responder como «responsables civiles directas y solidarias» ante la petición de la Complutense, que reclama 113.509 euros por perjuicios. Como ha hecho en otras resoluciones, para justificar el delito de tráfico de influencias, el juez hace referencia al reinado de Fernando VII. Peinado afirma que no se puede «encontrar un supuesto de características similares, pues las conductas que emanan de palacios presidenciales, como este caso, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado» y argumenta que «quizás habría que remontarse al reinado de Fernando VII».
Alude al «cambio radical» que, según indica, se produjo en la trayectoria profesional de Begoña Gómez cuando Pedro Sánchez asumió la presidencia en La Moncloa, en junio de 2018, con «decisiones públicas favorables» a la cátedra que codirigió su esposa, las cuales «pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional». Menciona una reunión en el Palacio de La Moncloa entre Gómez y el rector, quien posteriormente comunicó al vicerrector: «Tenemos que establecer una cátedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente». Esto, para el juez, «refuerza el indicio de tráfico de influencias» en Gómez.
Peinado detalla que Begoña Gómez «proyectaba simultáneamente su posición institucional, su labor académica y sus vínculos con directivos y empresas con intereses o conexiones con el sector público» en el contexto de la financiación de la cátedra. Respecto a su asesora, Cristina Álvarez, considera probado que Gómez contó «de manera constante» con su apoyo en el desarrollo de la cátedra y en el registro del software. Peinado cree que la esposa de Sánchez «pudo apropiarse» de dicho programa informático y es ahí donde ve indicios de malversación contra ella y su asesora, así como en el supuesto uso del tiempo de esta empleada para «tareas ajenas al propósito institucional del puesto».
El juez rechaza en su auto repetir la audiencia preliminar celebrada hace un par de semanas, como solicitó el abogado de Cristina Álvarez, al no haber podido asistir su clienta. Una ausencia «creada y provocada voluntariamente por la propia acusada» al no haber estado a disposición del tribunal, dice el juez, que no percibe en ningún caso menoscabo a su defensa ni argumento alguno de nulidad.
El Gobierno ha manifestado su desacuerdo con la decisión del juez Juan Carlos Peinado, ya que considera que es una instrucción «arbitraria e injusta» que únicamente responde a una persecución judicial por ser la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El Ejecutivo ha sido muy crítico con la actuación de Peinado en este caso, y tras la decisión de este lunes, fuentes de Moncloa han «condenado» esa determinación y han señalado que se trata de una instrucción «arbitraria e injusta» que solo obedece a la persecución judicial contra Begoña Gómez por el hecho de ser la mujer de Sánchez. Insisten en la misma línea en que son incuestionables la intención política, el acoso y la deshumanización que han caracterizado toda esta instrucción. Una instrucción en la que aseguran que ha quedado clara y demostrada la inocencia de la esposa del presidente, como creen que quedará demostrado también en el juicio. Por ello, aseguran que el Gobierno mantiene su plena confianza en que el jurado impartirá justicia.