Junta Central Electoral Suspende Provisionalmente Restricción a Publicación de Encuestas Electorales

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La Junta Central Electoral (JCE) ha anunciado la suspensión temporal de la normativa que impedía la divulgación de encuestas electorales fuera de los lapsos de precampaña y campaña. Esta medida responde a una impugnación legal que argumentaba la falta de base legislativa para dicha prohibición, marcando un cambio significativo en las reglas electorales.

La Junta Central Electoral (JCE) informó este viernes sobre la suspensión provisional de un segmento de su reglamento que impedía la difusión y publicación de sondeos electorales fuera de los periodos de precampaña y campaña. Esta disposición corresponde al apartado 13 y sus subdivisiones, que delinean el proceso para el registro de las empresas encuestadoras y la divulgación de estudios de opinión con fines electorales.

La resolución, adoptada el 20 de agosto pero comunicada hoy, surge tras una acción legal presentada por la organización Justicia Sin Fronteras ante el Tribunal Superior Electoral. Dicha entidad argumentó que la JCE había instaurado una prohibición sin respaldo en la legislación electoral vigente.

La JCE indicó en un comunicado que la decisión del Pleno fue aprobada con tres votos a favor y dos en contra. Los vocales titulares Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises emitieron votos disidentes, lo que significa que la medida fue aprobada con el respaldo del presidente del organismo, Román Jáquez, y los vocales Samir Chami Isa y Dolores Fernández Sánchez.

El litigio se originó cuando el colectivo Justicia Sin Fronteras impugnó la norma ante el Tribunal Superior Electoral, alegando que la JCE había establecido una restricción que carecía de fundamento en la normativa electoral.

El artículo 13 del reglamento de encuestas explicitaba como prohibición “publicar o difundir, por cualquier medio, encuestas o sondeos de opinión con fines electorales fuera del plazo legal establecido para el período de precampaña, el cual inicia formalmente el primer domingo del mes de julio del año anterior a las elecciones”.

Asimismo, vedaba los sondeos llevados a cabo para uso interno de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, y estipulaba que estos estudios no podían hacerse públicos, previendo sanciones en caso de su divulgación o filtración.