La Fiscalía solicita 27 meses de prisión para un hombre que, en diciembre de 2023, intentó sustraer un zumo de un Mercadona en Albacete y agredió a un vigilante. El caso, que será juzgado próximamente, plantea un debate sobre la desproporción de la pena, transformando un hurto en un robo con violencia debido al forcejeo con el personal de seguridad. Esta situación resalta la complejidad de la legislación y las implicaciones de las acciones durante un intento de robo.
La Fiscalía solicita 27 meses de prisión para un hombre que, el 28 de diciembre de 2023, intentó salir de un Mercadona en Albacete sin pagar una botella de zumo de dos litros. Al ser interceptado por un vigilante, el acusado forcejeó repetidamente con él para evadirse, siendo finalmente reducido por un segundo guardia hasta la llegada de la Policía Nacional. El juicio está programado para el martes 29 de septiembre en el Penal número 2.
La distinción entre hurto y robo es crucial en este caso. Sin violencia, llevarse algo valorado en 400 euros o menos se considera un delito leve de hurto, sancionado con una multa de uno a tres meses. Si el valor supera esa cifra, la pena puede ser de prisión de 6 a 18 meses. Sin embargo, el artículo 237 del Código Penal establece que el apoderamiento con violencia se considera robo, sin necesidad de que la violencia sea simultánea a la sustracción. El robo con violencia (art. 242) se castiga con penas de 2 a 5 años, y de 3 años y 6 meses a 5 años si ocurre en un establecimiento abierto al público, independientemente del valor de lo sustraído.
La petición de la Fiscalía se basa en que, al tratarse de un delito en grado de tentativa, la pena se reduce en un par de grados. Un grado menos sitúa el marco penal entre 1 año y 9 meses y 3 años y 5 meses, rango en el que encaja la solicitud. Además, se añade un delito leve de lesiones, ya que el vigilante sufrió contusiones en la muñeca y el costado izquierdos, tardando ocho días en recuperarse. Por este delito, la Fiscalía pide dos meses de multa a razón de 12 euros diarios (720 euros) y 450 euros de indemnización. Cabe destacar que el acusado no tiene antecedentes.
Existen precedentes judiciales con resultados variados. En abril, el Tribunal Supremo (sentencia 225/2026) confirmó una pena de 9 meses y un día de prisión por robo con violencia de menor entidad para una persona que sustrajo dos perfumes de 24 euros de un Mercadona en Barcelona y empujó a un vigilante. En Motril, la Audiencia de Granada ratificó una condena de diez meses de cárcel para un hombre que, tras pasar la línea de cajas con un paquete de galletas, golpeó a un vigilante al ser retenido, causándole lesiones leves y una indemnización de 75 euros.
Sin embargo, en 2018, un juez de Sevilla absolvió de robo con violencia a un hombre que se llevó unas gafas de 148 euros y, en el aparcamiento, golpeó a un vigilante con el retrovisor. En este caso, la Fiscalía pedía cuatro años, pero la condena se limitó a dos multas de 540 euros. El razonamiento del juez fue que el hurto ya se había consumado cuando ocurrió la violencia, ya que el acusado ya controlaba el objeto lejos de la vigilancia.
La suspensión de la pena de prisión requiere que esta no supere los dos años y que sea el primer delito del acusado. La petición actual excede este límite por tres meses, pero una condena menor sí podría ser suspendida. También influye el factor tiempo: en el caso de Motril, transcurrieron 39 días entre los hechos y la sentencia, mientras que en este caso habrán pasado 1.006 días hasta el juicio. Este es un argumento clásico para invocar la atenuante de dilaciones indebidas, una vía que la defensa podría explorar y que no figura en la acusación inicial.
El valor de lo sustraído a menudo tiene poca relevancia en este tipo de sentencias. En el ámbito laboral, los tribunales sociales han recorrido el camino inverso. El Tribunal Supremo validó el despido de una empleada por vales de descuento de 8,06 euros. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón también respaldó el despido de una gerente de Mercadona por productos valorados en unos 20 euros, lo que le supuso la pérdida de una indemnización de 50.659 euros tras 22 años en la empresa. Otros casos incluyen el despido por una croqueta destinada a la basura, que costó a Mercadona unos 40.000 euros por despido improcedente, o un sándwich con una cerveza durante el descanso, que implicó 55.245 euros. Para un empleado, 20 euros pueden significar la pérdida del puesto. La buena fe, las pruebas y lo estipulado en el convenio colectivo suelen ser los factores que condicionan la sentencia.
Los delitos contra el patrimonio (robos, hurtos y sustracciones de vehículos) disminuyeron un 3,6% en el primer semestre de 2026, sobre un total de 1.217.476 infracciones penales. Aun así, continúan representando el 40,3% de la criminalidad convencional. Los 27 meses de prisión solicitados por la Fiscalía son un techo, no una condena firme; se trata de una petición basada en conclusiones provisionales. El acusado goza de presunción de inocencia, y será el tribunal quien tome la decisión final.