¿Es posible para un superviviente de cáncer obtener un seguro sin revelar su historial médico?

Internacionales
Una nueva legislación en Panamá, conocida como el "derecho al olvido oncológico", plantea un importante interrogante sobre los derechos de las personas que han superado el cáncer al buscar seguros o productos financieros. La medida busca evitar que un diagnóstico previo se convierta en una barrera permanente, un tema que también resuena en otros países. Este artículo explora los detalles de esta iniciativa y su impacto potencial en la vida de los supervivientes.

Una medida novedosa aprobada en Panamá, referida como el “derecho al olvido oncológico”, introduce un tema de relevancia que también podría generar interés en República Dominicana: qué sucede con un individuo que ha superado el cáncer cuando, años más tarde, necesita contratar una póliza de seguro, solicitar un préstamo o acceder a ciertos productos financieros.

La comparación es particularmente pertinente porque República Dominicana ya posee un mecanismo denominado “derecho al olvido” dentro de su sistema financiero, aunque se trata de un concepto distinto. Este último limita la permanencia de información específica vinculada a deudas e historial crediticio, pero no considera los antecedentes médicos.

Ambas figuras no deben confundirse; la dominicana se enfoca en restringir la duración de la información sobre deudas e historial crediticio, mientras que la panameña busca proteger a quienes han superado el cáncer para que ese historial médico no continúe afectándolos al solicitar seguros o productos financieros. No obstante, la conexión entre ambas radica precisamente en el principio de que una situación pasada no debería transformarse en un impedimento permanente para una persona, aunque en cada caso se trate de información y derechos completamente diferentes.

La Asamblea Nacional de Panamá, en sesión plenaria, aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 350, que establece este derecho para los supervivientes de cáncer. La propuesta contempla que, una vez transcurrido un periodo determinado sin recaídas y con una certificación médica que confirme la recuperación, la persona podrá omitir su historial oncológico en ciertos trámites.

Lo que establece el proyecto

El proyecto establece un lapso general de cinco años desde la conclusión del tratamiento sin recaídas, aunque incluye una tabla de referencia que permite plazos más cortos dependiendo del tipo y las características de la patología. El propósito es evitar que una enfermedad ya superada resulte en primas más elevadas, restricciones, exclusiones o dificultades para acceder a seguros, créditos y otros productos financieros.

La certificación requerida deberá acreditar la finalización del tratamiento y el tiempo transcurrido sin recaída. El documento podrá ser emitido por el oncólogo médico tratante o por un comité compuesto por especialistas de las sociedades de Oncología y Hematología de Panamá.

La propuesta también establece que, una vez cumplidos los requisitos, cualquier cláusula que intente imponer aumentos de primas, restricciones o exclusiones debido a un antecedente oncológico superado sería considerada nula. Aunque la iniciativa ya cuenta con el apoyo unánime de los diputados panameños, todavía debe completar el proceso de sanción por parte del Poder Ejecutivo antes de convertirse formalmente en ley.

Lo que busca el “derecho al olvido oncológico”

El debate posee una dimensión que va más allá de los seguros. El cáncer puede generar significativas consecuencias económicas para los pacientes y sus familias debido al costo de los tratamientos, las incapacidades laborales y la pérdida de ingresos, incluso después de finalizada la etapa más difícil de la enfermedad.

El llamado derecho al olvido oncológico busca precisamente abordar esa etapa posterior: que una persona que superó el cáncer pueda reconstruir su vida sin que el diagnóstico continúe condicionando determinadas decisiones financieras. Panamá se une así a una tendencia regional en la que ya avanzan naciones como Chile y Colombia, planteando una cuestión cada vez más relevante: si una persona superó el cáncer y lleva años sin recaídas, ¿debe ese diagnóstico seguir influyendo en sus oportunidades financieras?