El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ha dictado sentencia en el caso Coral y Coral 5G, uno de los procesos de corrupción administrativa más extensos de la justicia dominicana. Este juicio, que se prolongó por casi dos años, implicó a 36 acusados, cientos de testigos y miles de pruebas. La investigación desmanteló una red que presuntamente desvió más de cuatro mil millones de pesos del Estado.
Las magistradas Esmirna Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, quienes conforman el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, emitieron este lunes 15 de junio el fallo correspondiente al caso Coral y Coral 5G. Este proceso se destaca como uno de los expedientes de corrupción administrativa más amplios y complejos en la historia reciente de la judicatura dominicana, extendiéndose por más de un año y nueve meses, con la participación de 36 imputados, cientos de declarantes y abundante evidencia documental.
La Operación Coral fue revelada públicamente el 24 de abril de 2021, cuando el Ministerio Público llevó a cabo una serie de detenciones contra una supuesta organización corrupta que operaba desde diversas entidades de seguridad del Estado. Entre los primeros arrestados se encontraban el mayor general Adán Benoni Cáceres Silvestre, quien fuera jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (CUSEP); la pastora Rossy Guzmán Sánchez; su hijo, el cabo policial Tanner Antonio Flete Guzmán; el coronel policial Rafael Núñez de Aza, y el sargento de la Armada de República Dominicana Alejandro José Montero Cruz.
Meses después, en noviembre de 2021, el órgano persecutor expandió la indagación con la denominada Operación Coral 5G, considerada una extensión del expediente inicial. En esta etapa fueron detenidos el general Juan Carlos Torres Robiou, exdirector del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur); los generales Julio Camilo de los Santos Viola y Boanerges Reyes Batista; el capitán de navío Franklin Antonio Mata Flores; José Manuel Rosario Pirón; los coroneles Carlos Augusto Lantigua Cruz y Miguel Ventura Pichardo; Erasmo Roger Pérez Núñez; el cabo Jehohanan L. Rodríguez Jiménez, y César Félix Ramos Ovalles.
La ampliación de las pesquisas se produjo tras un informe divulgado por N Investiga, de la periodista Nuria Piera, y difundido por el portal N Digital. De acuerdo con la acusación presentada por el Ministerio Público, ambas operaciones lograron desmantelar una red compuesta por militares, policías, civiles y empresas que supuestamente empleó instituciones estatales para obtener beneficios económicos para sus integrantes, a través de esquemas de corrupción, blanqueo de activos y ocultamiento de bienes. La investigación determinó que las actividades ilícitas se ejecutaron primordialmente desde el CUSEP, el Cestur y otras dependencias gubernamentales.
UN EXPEDIENTE DE GRAN DIMENSIÓN
El Ministerio Público afirmó durante el proceso que la estructura logró defraudar al Estado dominicano por más de cuatro mil millones de pesos y presentó una acusación respaldada por miles de pruebas documentales, periciales y testimoniales. En la fase preliminar, la acusación superó las 996 páginas y estuvo sustentada por más de 400 testigos. Posteriormente, el expediente definitivo sobrepasó las tres mil páginas.
El juicio de fondo comenzó formalmente el 27 de junio de 2024 con la lectura completa de la acusación. Desde ese momento se realizaron 121 audiencias de forma prácticamente ininterrumpida. Entre cada sesión no transcurrió un lapso mayor a diez días, lo que permitió un avance constante en la presentación y debate de las pruebas. Durante el desarrollo del proceso fueron escuchados 319 testimonios y se analizaron miles de elementos de prueba. El tribunal subrayó que se trató de un juicio de especial complejidad debido a la cantidad de personas involucradas, que ascendió a 36 acusados entre individuos y representantes de entidades vinculadas al expediente.
DELIBERACIÓN Y GARANTÍAS PROCESALES
Los debates concluyeron el 16 de abril de 2026, fecha en la que las juezas se retiraron para deliberar. La fase de deliberación requirió un plazo extendido de 40 días debido al volumen de pruebas, los numerosos incidentes procesales y la magnitud de los hechos sometidos a juicio. En total, el proceso se extendió por 658 días calendario y abarcó un período de un año, nueve meses y 20 días desde el inicio de los debates hasta la emisión de la sentencia.
Al exponer las razones generales de la decisión, la presidenta del tribunal, Esmirna Giselle Méndez, resaltó la relevancia de la autonomía judicial y de las garantías procesales observadas a lo largo de todo el juicio. “El debido proceso no solo exige que las partes puedan ejercer sus derechos durante el juicio, también exige que la decisión sea adoptada por jueces independientes e imparciales, como establece la Constitución, donde dice que el juez solo está sometido a la Constitución y a la ley. Esa independencia no es un privilegio del juez. No existe para las personas que juzgamos; existe para garantizar los derechos de las personas que acuden a los tribunales, de las partes del proceso y de todo usuario del sistema de justicia. Son la garantía de que su caso será conocido por un tribunal ajeno a presiones, favoritismos o prejuicios. Un tribunal que solo se encuentra sometido a la Constitución, a la ley y a las pruebas que fueron incorporadas en el juicio”, manifestó la magistrada.
El tribunal también destacó que, durante todo el desarrollo del proceso, se aseguró a las partes el ejercicio pleno de sus derechos procesales, permitiéndoles presentar pruebas, formular incidentes, plantear objeciones, rechazar elementos probatorios, así como interrogar y contrainterrogar a testigos y peritos. Las magistradas señalaron que el juicio se llevó a cabo respetando el derecho de defensa, la igualdad entre las partes y el principio de contradicción, fundamentos esenciales del sistema de justicia penal.
CONDENAS Y ABSOLUCIONES
Como resultado del proceso, el tribunal impuso penas de 20 años de prisión a Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou, Rafael Núñez de Aza, Boanerges Reyes Batista y Franklin Antonio Mata Flores, al considerarlos responsables de su implicación en la red de corrupción investigada. Asimismo, fueron condenados a 10 años de prisión Rossy Guzmán Sánchez, José Manuel Rosario Pirón y Esmeralda Ortega Polanco.
Raúl Alejandro Girón Jiménez, testigo e implicado, recibió una condena de cinco años de prisión, en consideración de su colaboración con las autoridades durante el proceso. Entre las penas suspendidas figuran las impuestas a Yehudy Blandesmil Guzmán Alcántara, Alejandro José Montero Cruz, Epifanio Peña Lebrón, Lucía de los Santos Viola y Onoris Beatriz Soto de los Santos, quienes fueron condenados a cinco años de prisión suspendida. De igual manera, Carlos Augusto Lantigua Cruz, Pedro Roberto Castillo Nolasco y Raymel Pastor del Rosario Viola fueron sentenciados a tres años de prisión suspendida.
En cuanto a las absoluciones, el tribunal eximió de responsabilidad penal a Tanner Antonio Flete Guzmán, Manuel de Jesús Alba Solano, Guillermo de Jesús Torres Robiou, Santiago Antonio Suárez Peguero, Miguel Ventura Pichardo y Erick Daniel Pereyra Núñez. La sentencia pone fin a una de las investigaciones anticorrupción más relevantes impulsadas por el Ministerio Público en los últimos años, un expediente que comenzó con la Operación Coral en 2021 y que posteriormente se amplió con Coral 5G, consolidándose como uno de los casos judiciales de mayor dimensión por la cantidad de imputados, el volumen probatorio y el tiempo requerido para su conocimiento en los tribunales dominicanos.