Ministerio Público Apelará Sentencia que Disminuye Penas en el Caso 'Operación Gavilán'

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El Ministerio Público ha anunciado que presentará un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia contra una decisión judicial que redujo las condenas de varios implicados en la 'Operación Gavilán'. Este caso se centra en una red criminal acusada de manipular registros de antecedentes penales. La institución fiscal considera que la corte de apelación interpretó la ley de manera incorrecta al revisar las sentencias originales.

La Procuraduría General de la República interpondrá un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en desacuerdo con la resolución que ajustó las sanciones impuestas a varios miembros de la red criminal desmantelada en la 'Operación Gavilán', señalada por borrar y modificar los historiales judiciales de cientos de individuos en los sistemas de la entidad. El organismo acusador comunicó que impugnará la determinación de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, conformada por los magistrados Daneira García Castillo, July Tamariz y Pedro Nolasco, al considerar que efectuó una lectura impropia de la legislación al evaluar los recursos de apelación presentados por las defensas.

Inicialmente, el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sentenció a diez años de prisión y al pago de multas equivalentes a cien salarios mínimos del sector público a Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, José Ramón Quezada Carmona y Víctor Gilberto Mercedes Gómez. Esa misma pena fue impuesta a Luis Peña Cedeño, quien además quedó inhabilitado para ocupar cargos públicos por un lapso de cinco años.

No obstante, la corte de apelación modificó las condenas. A Peña Cedeño le dictó dos años de confinamiento domiciliario, mientras que Medina Trinidad y Quezada Carmona recibieron cinco años de reclusión, divididos en tres años de arresto en casa y dos años suspendidos condicionalmente, condicionados al acatamiento de ciertas normativas.

Entre las condiciones establecidas para Medina Trinidad y Quezada Carmona se encuentran residir en el domicilio declarado ante el tribunal, informar cualquier cambio de dirección al juez de ejecución de la pena y abstenerse de viajar al extranjero, así como de portar o poseer armas. El incumplimiento de estas disposiciones resultaría en la ejecución completa del tiempo de prisión suspendido. Ambos también deberán abonar multas equivalentes a cien salarios mínimos del sector público. En el caso de Peña Cedeño, la sanción monetaria se fijó en RD$40,000.

La resolución de la corte también aceptó el recurso de apelación de Víctor Gilberto Mercedes Gómez y dispuso su absolución, por lo que fue eximido de responsabilidad penal.

Otros condenados en el caso

Durante el proceso judicial también se validaron acuerdos que llevaron a condenas para otros implicados. Mártires Rosario Reyes fue sentenciado a siete años de prisión, distribuidos en tres años y seis meses de confinamiento domiciliario y el resto suspendido. Alfredo Mirambeaux recibió ocho años, de los cuales seis deberá cumplir en arresto domiciliario y dos quedaron suspendidos. Por su parte, Rubén Darío Morban y Luis Alfredo Astacio Polanco fueron condenados a seis años, divididos en tres años de arresto en casa y tres suspendidos. Domingo Julio Santana recibió cinco años, bajo una modalidad de cumplimiento que combina el confinamiento domiciliario y la suspensión condicional.

Los condenados también fueron sancionados con multas equivalentes a cinco salarios mínimos del sector público, conforme a los acuerdos ratificados y las normativas del Código Procesal Penal. En el caso de la compañía Nexcon Technology, el tribunal ordenó su disolución definitiva, amparándose en la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Asimismo, se adoptaron criterios de oportunidad respecto a Jancely Arias López, Ashley Darleni Morbán Reyes y Laudelina Esther Reyes Silva. En cambio, Dilcia Argentina Núñez Santos, Romanqui Alexander Dotel Medina y Yokaira Quezada Carmona fueron absueltos, con las costas declaradas de oficio.

Cómo operaba la red criminal

Según la acusación del Ministerio Público, la estructura delictiva funcionaba mediante estratagemas informáticas fraudulentas para acceder ilícitamente a las bases de datos de la Procuraduría General de la República y alterar, modificar o suprimir registros de antecedentes penales de ciudadanos. La investigación determinó que estas operaciones se realizaban a cambio de beneficios económicos, a través de pagos en efectivo, depósitos y transferencias bancarias, así como la recepción de sobornos por parte de los involucrados. El propósito era eliminar fichas y antecedentes penales, además de modificar impedimentos de salida, para favorecer a personas interesadas en limpiar su historial judicial.

El Ministerio Público afirmó que estas acciones permitieron a algunos beneficiarios evadir controles de las autoridades, obtener documentos y pasaportes y burlar los controles migratorios y fronterizos del país. Durante el juicio, el organismo acusador presentó testimonios, peritajes informáticos y financieros, pruebas audiovisuales, documentación oficial y evidencias digitales para demostrar la participación de los procesados en la estructura criminal. La institución consideró que las pruebas demostraron la existencia de una organización dedicada al cibercrimen y a la corrupción, cuyas operaciones comprometieron la seguridad jurídica y el funcionamiento del sistema de justicia dominicano.