Junta Central Electoral Pausa Normativa sobre Divulgación de Sondeos Electorales

Nacionales
La Junta Central Electoral (JCE) ha suspendido temporalmente la aplicación de su reglamento que restringe la publicación de encuestas electorales antes de la precampaña. Esta decisión se tomó mientras el Tribunal Superior Electoral (TSE) resuelve diversas impugnaciones legales presentadas contra dicha normativa. La medida busca garantizar el debido proceso y la revisión de las objeciones planteadas por diferentes actores.

En Santo Domingo, la Junta Central Electoral (JCE) ha pospuesto provisionalmente la aplicación de la normativa que prohibía la difusión de estudios de opinión electoral antes del comienzo del período de precampaña, a la espera de una resolución del Tribunal Superior Electoral (TSE) sobre las acciones legales presentadas contra dicha disposición.

La determinación, adoptada por el pleno del ente electoral y confirmada por la Secretaría General el 18 de junio, detiene la aplicación del reglamento, que había entrado en vigencia el 22 de mayo, hasta que el TSE emita su veredicto sobre las apelaciones interpuestas por diversos sectores.

Entre las impugnaciones se encuentra la presentada por Participación Ciudadana (PC), cuyo coordinador general solicitó anular la restricción para llevar a cabo investigaciones de opinión fuera de los lapsos oficiales de precampaña y campaña electoral. De igual modo, el presidente de ACD Media, Danny Alcántara, solicitó a la JCE reconsiderar la normativa, argumentando que infringe preceptos constitucionales y excede las atribuciones conferidas al organismo electoral por las leyes 20-23 del Régimen Electoral y 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Estudios internos permitidos, difusión restringida

A pesar de la suspensión de la normativa, la JCE recordó que las agrupaciones políticas tienen la posibilidad de encargar estudios de opinión con propósitos electorales para uso interno antes del inicio de la precampaña y la campaña. No obstante, tales mediciones no podrán hacerse públicas antes del primer domingo de julio de 2027.

El organismo advirtió que la revelación de estos análisis fuera del período autorizado podría acarrear medidas precautorias o sanciones administrativas contra los partidos, aspirantes o firmas encuestadoras implicadas.

Penalizaciones establecidas

La normativa estipula que las empresas encuestadoras que incumplan las disposiciones podrían enfrentar la suspensión temporal de su inscripción por un lapso de seis meses a un año, la cancelación definitiva en caso de reincidencia y otras penalidades contempladas en la legislación electoral.

Asimismo, las empresas tendrán la obligación de notificar a la JCE con al menos ocho días de antelación la realización de sondeos durante el proceso electoral. El incumplimiento podría generar multas que oscilan entre uno y 200 salarios mínimos.

La reglamentación también establece que las firmas registradas deberán mantener su documentación actualizada anualmente. De no hacerlo, perderían su habilitación para efectuar estudios con fines electorales.