Acusado de delito urbanístico por instalar una casa móvil en suelo rústico en Málaga

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Un residente de Casabermeja, Málaga, se enfrenta a una petición fiscal de 15 meses de prisión por un presunto delito contra la ordenación del territorio. El caso surge tras la instalación de una casa móvil de segunda mano en una finca clasificada como suelo rústico, lo que ha reabierto el debate sobre la legislación aplicable a este tipo de viviendas.

En 2022, un residente de Casabermeja, Málaga, adquirió una finca de 3.127 metros cuadrados, clasificada como suelo rústico común. Poco después, instaló en ella una casa móvil de segunda mano. Ahora, la Fiscalía de Málaga solicita 15 meses de prisión para esta persona por un delito contra la ordenación del territorio, según información adelantada por Málaga Hoy y replicada por otros medios. Es importante destacar que se trata de una petición del Ministerio Fiscal y no de una condena, ya que el caso está pendiente de juicio.

La defensa del acusado, a cargo de su abogado Miguel Ángel Escalante, argumenta que lo instalado es un bien mueble y no una construcción. Según su versión, la casa está apoyada sobre ruedas, carece de cimentación y, conforme a un informe del proveedor, puede ser retirada “en cuestión de minutos”. El abogado añade que su cliente nunca ha residido en la finca ni está empadronado en ella, y que tanto la Guardia Civil como el técnico municipal no encontraron a nadie en el interior. Su intención, según la defensa, era guardar aperos de labranza y cultivar un pequeño huerto. Además, sostiene que los dos depósitos, el contenedor y el vallado ya estaban en la propiedad cuando su cliente la compró, y afirma que existen videos que lo demuestran. También se menciona una orden de busca y captura emitida tras un fallo en una notificación en la finca; el acusado fue localizado poco después en su domicilio habitual, un detalle que la defensa utiliza a su favor.

Sin embargo, la argumentación del bien mueble enfrenta un obstáculo: la jurisprudencia reciente se inclina en sentido contrario. En diciembre de 2024, el Tribunal Supremo, mediante la sentencia 1917/2024, estableció que una casa móvil se equipara a una casa prefabricada y no a un remolque. Por lo tanto, su instalación requiere una licencia urbanística, incluso si conserva cierta capacidad de movimiento. En abril de este mismo año, en la vía penal, el Supremo reiteró, en relación con un caso en Cártama (también en Málaga), que una vivienda prefabricada no está exenta de la normativa por ser desmontable. Asimismo, en El Molar (Madrid), la Audiencia Provincial confirmó una condena de ocho meses de prisión, multa y demolición para dos propietarios que instalaron otra casa móvil en suelo protegido, en un caso donde sí vivían en la propiedad, a diferencia del hombre de Casabermeja.

La tesis del bien mueble no siempre fue descartada. En 2011, la Audiencia Provincial de Barcelona absolvió a un hombre que montó una casa de madera desmontable sin cimentación en suelo no urbanizable, al no considerarla “construcción” a efectos del Código Penal. En el caso actual de Casabermeja, el delito básico, según Sierra Abogados, contempla penas de uno a tres años de prisión, multa e inhabilitación profesional. Así, la petición de 15 meses se sitúa en el límite inferior de este rango. Si se llegara a una condena, y al ser inferior a dos años y sin antecedentes, la pena podría ser suspendida. WATmag sugiere que, de haber condena, lo más probable sería la retirada de la instalación y el pago de las costas por parte del acusado.

Al considerar la instalación de este tipo de viviendas, lo que realmente importa ante un tribunal no es si la estructura puede moverse o no, sino si está diseñada para ser habitada. Está claro que la estructura en sí suele ser la parte menos costosa del proyecto. Lo que determina todo es el tipo de suelo. En suelo urbano, rige el plan general de cada municipio, con sus regulaciones de alturas, superficies y retranqueos. En suelo rústico, una casa prefabricada sigue considerándose una vivienda y su instalación es posible, pero solo como una excepción y con la debida documentación.

En Andalucía, la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) permite la vivienda unifamiliar aislada en suelo rústico común como una actuación extraordinaria, siempre que se cuente con un proyecto de actuación y la licencia correspondiente, y que no genere un nuevo núcleo de población. En suelos especialmente protegidos, este tipo de edificación está prohibida. Antes de adquirir cualquier propiedad, es aconsejable consultar con el Ayuntamiento qué tipo de construcciones están permitidas en esa parcela y buscar el asesoramiento de un arquitecto o urbanista. No se debe confiar en la idea de que la ausencia de anclajes o conexiones garantiza la legalidad.

En cuanto a los costos, el suelo rústico en Casabermeja es relativamente económico, con precios que rondan los 5 euros por metro cuadrado, oscilando entre 4 y 9 euros. Una parcela similar a la del acusado, de 3.127 metros cuadrados, podría costar entre 12.500 y 28.000 euros. En contraste, un solar urbanizable de 351 metros cuadrados se anunciaba por 59.900 euros, aproximadamente 170 euros por metro. A esto hay que añadir el costo de la casa, que en algunos casos puede oscilar entre 6.200 y 7.400 euros. Los gastos adicionales, como transporte, montaje y acondicionamiento del terreno, pueden duplicar o triplicar la inversión inicial. Estos extras incluyen tasas de obra (del 2 al 5%), honorarios de aparejador, alquiler de grúa (y sus permisos), construcción de solera, acometidas y fosa séptica. En Andalucía, existe una partida adicional: la prestación compensatoria por una vivienda aislada en suelo rústico, que las ordenanzas municipales fijan en el 15% del presupuesto de ejecución. En total, el costo de una casa pequeña y legal en Casabermeja podría ascender a entre 60.000 y 90.000 euros, sin IVA. Es importante tener en cuenta que la edificación no puede ocupar más del 1% de la parcela.

El propio Casabermeja tiene otro caso abierto: en junio, la Junta de Andalucía paralizó el precinto de Finca Colores, donde ocho familias viven de alquiler en casas prefabricadas, al verificar que eran residencias habituales. El expediente contra el propietario, quien las instaló sin licencia en suelo preservado, sigue activo.