Una estrategia de marketing digital aparentemente inocente se ha convertido en la clave para destapar un fraude eléctrico masivo. Dieciséis restaurantes en Barcelona, que contrataron a influencers para promocionarse, vieron cómo sus propios vídeos se usaban para revelar discrepancias entre el consumo de energía registrado y la actividad visible. La inteligencia artificial de Endesa analizó el contenido visual, detectando un patrón de consumo anómalo que llevó a inspecciones y a la confirmación de enganches ilegales a la red pública.
Lo que comenzó como una campaña de marketing digital para dieciséis restaurantes en Barcelona, muchos de ellos buffets concurridos, terminó desenmascarando un presunto fraude eléctrico. Los influencers contratados visitaron los establecimientos, grabaron su experiencia, etiquetaron los negocios y agradecieron la oportunidad. Sin embargo, lo que no anticiparon es que esos mismos videos, mostrando salones repletos de clientes, serían analizados por un algoritmo con una pregunta crucial: ¿cuánta electricidad consume este lugar? La respuesta de la inteligencia artificial de Endesa fue contundente: mucha más de la que se estaba pagando.
El razonamiento es sencillo. Los locales eran de grandes dimensiones, las redes sociales los mostraban llenos y los datos de consumo eléctrico no coincidían. Para verificar las sospechas, técnicos de Endesa utilizaron su propia inteligencia artificial, que cruzó la información de consumo con las dimensiones de los establecimientos. El resultado fue inequívoco: por su tamaño y la actividad esperada, estos restaurantes deberían estar abonando una cantidad considerablemente mayor por la electricidad. Esta herramienta ya se utiliza incluso para detectar enganches ilegales en plantaciones de marihuana.
Poco después del análisis de la IA, se realizaron inspecciones y, semanas más tarde, se documentó el fraude: los locales estaban presuntamente conectados de forma ilegal al alumbrado público. Según fuentes de la Unidad contra el Fraude de Endesa, las redes sociales se han convertido en una fuente de información tan relevante como lo fue la antigua Guía del Ocio de Barcelona. El principio es de una lógica aplastante: si un establecimiento grande aparece lleno en redes y su contador marca un consumo bajo, se activa una alerta. En otras palabras, los restaurantes pagaron para ser vistos, y fueron vistos. Es el efecto de la publicidad, que en la mayoría de los casos funciona. Cabe destacar que quien inspecciona y factura el fraude no es la comercializadora que emite las facturas, sino e-distribución, la filial de redes de Endesa.
El propietario de un restaurante que opera una cocina industrial, campanas extractoras, cámaras frigoríficas y aire acondicionado en un local de gran tamaño podría pensar que la electricidad la paga otro, pero en realidad, la pagamos todos. Según estimaciones de la CNMC, estas prácticas fraudulentas encarecen la factura eléctrica nacional en aproximadamente 150 millones de euros.
En cuanto a las cifras del fraude, un comunicado de prensa de Endesa de mayo de 2026 indica que su filial detectó 72.700 fraudes en 2025, la cifra más alta del último lustro y 1.700 más que el año anterior. Esto equivale a unos 200 fraudes diarios, más de ocho por hora. Entre 2021 y 2025, se cerraron más de 320.000 expedientes y se recuperaron más de 3.750 GWh. Es importante señalar que no se trata solo de pequeños casos domésticos: el 52% de la energía defraudada corresponde a industrias, negocios, grandes consumidores y plantaciones de marihuana, mientras que solo el 5% se atribuye a pequeños suministros de menos de 3 kW. Cerca del 60% de los fraudes son enganches directos sin contrato.
En Barcelona, la capital registró 5.487 casos en 2025, 891 más que en 2024. Cataluña sumó 24.347 casos, un aumento del 7%. Este tipo de situaciones no son nuevas: en diciembre de 2025, la operación 'Nihari' encontró que 24 de 26 supermercados inspeccionados estaban enganchados ilegalmente a la red, con un despliegue de 33 técnicos de Endesa. Respecto al uso de la inteligencia artificial, e-distribución ya utilizaba aprendizaje automático y aprendizaje profundo para detectar anomalías, lo que les permitía encontrar robos de energía en una de cada dos inspecciones, el doble que en 2017. La novedad ahora es que el algoritmo también analiza el contenido de plataformas como Instagram.
La ley establece que conectar un negocio al alumbrado público es un “delito penal”. El acto de 'pinchar' la luz se considera un delito de defraudación de fluido eléctrico. El artículo 255 del Código Penal sanciona con una multa de tres a doce meses a quien defraude energía ajena utilizando mecanismos instalados para ello, alterando contadores o mediante otros medios clandestinos. Si la cantidad defraudada no supera los 400 euros, la multa se reduce a uno o tres meses. Endesa ha señalado que la Fiscalía General del Estado, en su Memoria de 2025, criticó que este delito solo conlleve una multa, a diferencia de países como Alemania, Francia e Italia. La reforma de la Ley Orgánica 1/2026 introduce un subtipo agravado, con penas de prisión de 6 a 18 meses o multa de 12 a 24 meses, pero solo para casos vinculados a plantaciones de marihuana. Por lo tanto, esta agravación no aplica a un restaurante.
En el ámbito administrativo y civil, el artículo 87 del Real Decreto 1955/2000 permite a la distribuidora suspender el suministro de forma inmediata ante enganches que no cuenten con un contrato. Además, si no existe un criterio objetivo, se factura la potencia contratada, o la que debería haberse contratado, por seis horas de uso diarias durante un año, sin perjuicio de las acciones penales o civiles. Como ejemplo ilustrativo, seis horas por 365 días equivalen a 2.190 kWh por cada kilovatio de potencia. Un local de 30 kW generaría 65.700 kWh. Con un precio simbólico de 15 céntimos por kWh, esto representaría unos 9.855 euros, antes de la vía penal y de cualquier otro recargo. La Defensoría del Pueblo ha indicado que las distribuidoras recurren a este artículo como un sustituto imperfecto del derecho sancionador, que también está previsto en la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
En cuanto al uso de las imágenes, es relevante el derecho de propiedad (art. 33 de la Constitución). Ni el consumo eléctrico de un restaurante ni la imagen pública de su local son bienes que puedan ser ocupados o expropiados. Los derechos que entran en juego son otros. Por un lado, están los derechos de las personas identificables que puedan aparecer (comensales, empleados, el dueño si es autónomo). Estos individuos están protegidos por el derecho a la propia imagen y a la intimidad (art. 18.1 CE y la LO 1/1982, que exige consentimiento expreso salvo excepciones tasadas) y por el RGPD, que solo se aplica a datos personales y requiere una base jurídica (como el interés legítimo del art. 6.1.f). Por otro lado, la normativa europea, específicamente el art. 5.1.e) del Reglamento de IA, prohíbe que estos sistemas creen o amplíen bases de datos de reconocimiento facial mediante la extracción no selectiva de imágenes faciales de internet o de cámaras de vigilancia, según las directrices de la Comisión. Estimar la ocupación o el tamaño de un local quedaría fuera de esta prohibición, a priori, pero identificar rostros sí estaría incluido. No existe una prohibición europea general para captar imágenes. Además, la CNMC establece que detectar el fraude es una obligación de las distribuidoras.
Respecto a las normas de las redes sociales, aquí se aborda el contrato, no la ley. Los términos de servicio de Instagram no permiten acceder a información ni recopilarla de forma no autorizada. Las condiciones de Meta, en vigor desde el 7 de octubre de 2024, exigen permiso expreso y por escrito para el uso de scrapers, bots o rastreadores. El incumplimiento de estas condiciones puede acarrear sanciones en la cuenta o reclamaciones civiles, pero no responsabilidad penal. En EE. UU., un juez federal concluyó en el caso Meta contra Bright Data que esos términos solo prohíben el scraping con la sesión iniciada. Este criterio no tiene valor vinculante en la UE. Si lo que se hizo fue revisar manualmente vídeos públicos, usar herramientas oficiales o recibir el material de los propios influencers o locales, no habría una infracción de esos términos. TikTok y otras plataformas tienen cláusulas similares.
La moraleja de esta historia podría ser: si cometes un fraude, no lo expongas en cámara, ni a influencers, ni a críticos gastronómicos, ni a un familiar con un móvil. La realidad es que Endesa ya dispone de las herramientas técnicas y cada vez necesita menos información visual para obtener los datos reales de consumo. En cualquier caso, hasta que las autoridades y los tribunales emitan un veredicto, los delitos siguen siendo presuntos. Este método, además, abre un debate sobre el uso de datos visuales de redes sociales para la investigación, lo cual es, cuanto menos, cuestionable. Los foodinfluencers podrían tener que reconsiderar su metodología.