Derechos de los Inquilinos: Análisis Legal sobre la Continuidad del "2+1" tras la Ley 85-25

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La entrada en vigor de la Ley 85-25, que regula los alquileres de bienes inmuebles, ha generado incertidumbre sobre la práctica del "2+1" en la República Dominicana. Aunque la nueva normativa busca clarificar los depósitos y gastos contractuales, expertos legales advierten que los arrendatarios aún podrían enfrentar esta exigencia. El artículo explora los derechos de los inquilinos y las implicaciones de esta ley en el mercado inmobiliario.

La implementación de la Ley 85-25, que rige los arrendamientos de propiedades, ha suscitado interrogantes entre quienes buscan alquilar una residencia, especialmente en lo referente a la persistencia del sistema conocido como "2+1", una modalidad habitual en el ámbito inmobiliario dominicano. Aunque la reciente legislación establece pautas más claras sobre las garantías económicas y los costos del acuerdo, N Digital consultó a profesionales del derecho inmobiliario, quienes alertan que los arrendatarios aún podrían encontrarse con esta clase de solicitudes en la realidad.

El licenciado Jean Cristófer Pérez explicó que el "2+1" nunca estuvo contemplado en la normativa anterior ni forma parte de la actual ley. Según detalló, la regulación solo reconoce hasta dos meses de garantía en depósito, mientras que el tercer desembolso suele corresponder al honorario del intermediario inmobiliario, una práctica originada por el propio sector. No obstante, Pérez considera que la aprobación de la ley no erradicará automáticamente esa tradición. A su juicio, numerosos propietarios seguirán imponiendo el pago del "2+1" como condición para arrendar sus propiedades, aprovechando la elevada demanda de viviendas.

"El arrendatario dispone de escasas alternativas para negociar. Finalmente, debe optar entre aceptar las condiciones o perder la posibilidad de alquilar", aseveró.

En el mismo sentido, la abogada Darnetty Lugo indicó que la Ley 85-25 busca precisamente dotar de transparencia a estas operaciones. Explicó que cada pago debe ser debidamente identificado, distinguiendo el depósito de seguridad, la mensualidad inicial de arrendamiento y cualquier comisión por intermediación. "No todo desembolso posee idéntica naturaleza jurídica y el inquilino tiene el derecho de conocer con precisión el motivo de su pago", afirmó.

Lugo agregó que, si un propietario solicita una suma adicional, el arrendatario puede pedir que se le aclare la justificación y el concepto de dicho cobro. Asimismo, recordó que la legislación establece que la retribución del agente inmobiliario corresponde a quien contrata dicho servicio, mientras que los costos legales del contrato deben ser compartidos entre ambas partes, salvo que acuerden otra distribución.

La jurista reconoció que la ley representa una modificación significativa, pero advirtió que transformar una práctica arraigada durante décadas requerirá tiempo. "La costumbre no prevalece sobre la ley, pero cambiar la cultura del mercado será un proceso progresivo", expresó.

Ambos expertos legales concuerdan en que el principal desafío de la Ley 85-25 no residirá en su contenido, sino en su ejecución efectiva. Mientras el mercado se ajusta a las nuevas normativas, aconsejan a los arrendatarios informarse sobre sus prerrogativas, solicitar el desglose de cada desembolso y guardar toda la documentación vinculada al acuerdo para prevenir futuros desacuerdos.