Detalles del Decreto de 2019 sobre la Implementación de la Inspección Técnica Vehicular

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Un decreto presidencial de 2019 delineó la estructura para la Inspección Técnica Vehicular (ITV) en la República Dominicana, buscando asegurar la seguridad vial y la protección ambiental. Este reglamento establecía los requisitos para la aprobación de vehículos y la periodicidad de las inspecciones, además de introducir una tarjeta de ITV y un nuevo marbete. La Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (ACOFAVE) ha instado a acelerar su implementación, destacando sus beneficios en la reducción de accidentes y la mejora de la salud pública.

El Decreto 5-19 establecía el Reglamento de la revisión técnica vehicular (ITV) y tenía como meta definir las reglas para verificar el funcionamiento adecuado de los vehículos automotores que circulan por las carreteras de República Dominicana, cumpliendo con las normas de seguridad vial y protección del medio ambiente. Emitido por el entonces presidente Danilo Medina, el decreto fijaba los criterios y requisitos que debían cumplir los vehículos automotores para superar su evaluación técnica, de acuerdo con la Normativa Técnica sobre las Condiciones Vehiculares Obligatorias para la Circulación.

Según el decreto, la ITV se aplicaría a todos los vehículos registrados en el Registro Nacional de Vehículos Automotores de la República Dominicana, incluyendo los pertenecientes a instituciones gubernamentales, sin importar su tipo o el uso que se les diera. Estarían exentos de realizar la ITV los vehículos que no fueran empleados en vías públicas y que, por consiguiente, hubieran sido dados de baja en el Registro Nacional de Vehículos Automotores de la República Dominicana mediante solicitud presentada ante el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).

Respecto a este asunto, la Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (ACOFAVE) comunicó a N Digital que exhorta al Gobierno a acelerar los plazos de estructuración y licitación de la ITV, mediante un cronograma público y objetivos medibles. “Es crucial fortalecer la supervisión del transporte de carga y pasajeros, con criterios técnicos uniformes en todo el país, en conjunto con la inspección de la ITV y en conformidad con lo establecido en el Decreto 258-20, emitido por Luis Abinader, sobre transporte de cargas, aún pendiente de aplicación en el país”, señala ACOFAVE.

La entidad también propuso mantener la coordinación intersectorial iniciada con el Pacto Nacional por la Seguridad Vial, anunciado por Luis Abinader. La organización planteó dar a conocer el programa de acciones resultantes de las mesas técnicas efectuadas para la formulación del Plan Nacional de Seguridad Vial 2025-2030, según el Decreto 656-24, para empezar a disminuir las muertes por siniestros de tránsito en el país.

TARJETA DE ITV Y NUEVO MARBETE

El decreto expedido por Danilo Medina estipulaba que todos los vehículos tendrían, como documento obligatorio, una Tarjeta de ITV, en la cual se anotarían los datos de identificación del vehículo, las fechas de las inspecciones realizadas, la fecha de la próxima revisión y cualquier otra información que el reglamento determinara. Asimismo, preveía la emisión de un nuevo marbete para certificar que el vehículo había obtenido un resultado favorable en la inspección técnica. “Dicho marbete será de obligatoria presentación para la renovación de las placas de los vehículos automotores. Ningún vehículo podrá circular sin su correspondiente marbete”, indica el decreto. Agrega que las estaciones autorizadas para realizar la ITV colocarían directamente el marbete en el vehículo inspeccionado.

En lo que concierne a las estaciones de inspección, ACOFAVE sostuvo que la ITV debe ser llevada a cabo por una entidad independiente, sin intereses en conflicto, con experiencia internacional en este tipo de revisiones y sin conexiones con concesionarios ni talleres, con el propósito de asegurar transparencia, fiabilidad y la capacidad técnica y mecánica que el proceso exige. “Las estaciones de ITV no deben asociarse con empresas o entidades locales que representen un conflicto de interés. Nuestro país no puede permitirse el lujo de improvisar más”, añadió. La asociación también reflexionó sobre las repercusiones de seguir aplazando la implementación de la ITV y sostuvo que esto implica la pérdida de más de 3,000 vidas cada año, el aumento de los costos del sistema de salud pública y el incremento de la contaminación ambiental.

PERIODICIDAD DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR

El Decreto 5-19 establecía la siguiente frecuencia para la inspección técnica, conforme al tipo y la antigüedad del vehículo:

VEHÍCULOS LIVIANOS PARA TRANSPORTE DE PERSONAS Y USO PRIVADO
  • Hasta tres años: exentos.
  • Más de tres años: inspección anual.
VEHÍCULOS LIVIANOS DE ALQUILER PARA TRANSPORTE DE PERSONAS
  • Hasta tres años: exentos.
  • Más de tres y hasta nueve años: anual.
  • Más de nueve años: semestral.
VEHÍCULOS LIVIANOS PARA TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
  • Hasta cuatro años: bienal.
  • Más de cuatro y hasta ocho años: anual.
  • Más de ocho años: semestral.
MICROBUSES DE CINCO A VEINTE PASAJEROS
  • Hasta cuatro años: anual.
  • Más de cuatro años: semestral.
MINIBUSES DE VEINTIUNO A TREINTA Y SEIS PASAJEROS
  • Hasta tres años: anual.
  • Más de tres años: semestral.
AUTOBUSES DE TREINTA Y SIETE PASAJEROS EN ADELANTE
  • Hasta tres años: anual.
  • Más de tres años: semestral.
VEHÍCULOS PESADOS DE CARGA
  • Hasta diez años: anual.
  • Más de diez años: semestral.
MOTOCICLETAS, TRICICLOS Y CUADRICICLOS
  • Hasta tres años: exentos.
  • Más de tres años: anual.
CARAVANAS REMOLCADAS
  • Hasta tres años: exentas.
  • Más de tres y hasta nueve años: bienal.
  • Más de nueve años: anual.

Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros vehículos agrícolas especiales, excepto motocultores

  • Hasta diez años: exentos.