El Ministerio de Turismo (Mitur) ha reafirmado que el personal de seguridad privada no puede restringir el acceso a las playas públicas. Esta medida busca asegurar el disfrute ordenado y legal de estos espacios por parte de los ciudadanos. Para fortalecer esta disposición, se establecerá una mesa de trabajo interinstitucional que abordará los casos de impedimento y definirá pautas claras de actuación.
El Ministerio de Turismo (Mitur) ha vuelto a manifestar que ningún integrante del personal de seguridad de propiedades inmobiliarias o complejos turísticos tiene la autoridad para bloquear o limitar la entrada de la población a las zonas costeras de dominio público. Esto se aplica siempre que el uso de dichas áreas se efectúe de manera organizada, serena y en concordancia con la legislación vigente.
La entidad comunicó que, con la finalidad de reforzar la certidumbre legal y asegurar la utilización adecuada de las riberas, coordinará una reunión de trabajo en conjunto con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Ministerio de Interior y Policía, y la Procuraduría General de la República. El propósito de este encuentro será examinar las circunstancias en las que se ha impedido el paso a playas de acceso público y fijar parámetros de acción que permitan conciliar el interés colectivo, la preservación ambiental, la seguridad y el respeto a los derechos de las personas.
El Mitur declaró que su objetivo es garantizar que las playas, consideradas un bien de todos los dominicanos, puedan ser disfrutadas con orden, paz y conforme a las regulaciones que rigen cada sector costero de la nación. De igual forma, señaló que esta directriz se aplicará en otros desarrollos turísticos donde surjan escenarios semejantes y resaltó que durante la presente administración se han habilitado puntos de acceso en playas como Sosúa, Guayacanes, Esmeralda, Macao, Las Galeras, Los Patos, Los Quemaitos, Haina, Nizao, Bayahíbe y el Parque Nacional La Caleta, indicando que la intención ha sido reintegrar estos lugares a la ciudadanía.