Hombre recibe sentencia suspendida por fraude eléctrico en establecimiento de Herrera

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Un individuo ha sido sentenciado a tres años de prisión, con cumplimiento suspendido bajo ciertas condiciones, por incurrir en fraude eléctrico en un negocio de bebidas alcohólicas en Santo Domingo Oeste. La resolución judicial le impone el pago de una considerable suma por la energía utilizada sin facturar, además de una indemnización por los perjuicios causados y una multa.

Un tribunal ha dictaminado una pena de tres años de encarcelamiento, con su aplicación en suspenso y sujeta a normativas específicas, para Samuel Matías de León Acosta. Este individuo fue juzgado por perpetrar una defraudación eléctrica en un local comercial dedicado a la venta de licores, situado en la zona de Herrera, en Santo Domingo Oeste. La determinación judicial establece que el sentenciado debe abonar la suma de RD$1,401,511.31 por la electricidad consumida y no registrada, conforme a una valoración confirmada por la Superintendencia de Electricidad. Adicionalmente, deberá entregar RD$150,000 a la empresa Edesur Dominicana como compensación por los daños y pérdidas generados. Asimismo, De León Acosta tendrá la obligación de pagar una sanción económica equivalente a dos salarios mínimos, junto con los gastos legales y civiles derivados del proceso.

Según la documentación del caso, el Ministerio Público, en colaboración con la Superintendencia de Electricidad, ejecutó una orden de registro en el establecimiento Sammy Liquor Store, localizado en la avenida Isabel Aguiar, donde se detectó una presunta conexión eléctrica irregular. Durante la supervisión, las autoridades constataron que el local recibía suministro eléctrico a través de una conexión directa de 240 voltios, a pesar de que el medidor se encontraba inhabilitado por falta de pago. El Ministerio Público confirmó que De León Acosta era el beneficiario directo de este servicio.

La jueza Wendy Polanco Santos, de la Tercera Sala Unipersonal de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo Oeste, emitió la condena luego de aceptar las evidencias presentadas por la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico. La resolución judicial, identificada con el número 548-2026-SSEN-00194, establece que el procesado infringió las disposiciones de la Ley General de Electricidad 125-01, causando perjuicio a Edesur Dominicana y al Estado dominicano.

Como parte de las condiciones para mantener la suspensión de la pena, el condenado deberá mantener una dirección residencial fija y comunicar cualquier modificación de domicilio al juez de Ejecución de la Pena de Santo Domingo. En caso de incumplir con las regulaciones impuestas, deberá cumplir los tres años de reclusión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras, ubicado en San Antonio de Guerra.