Cada verano, una modalidad de despido no reconocida oficialmente, conocida como 'despido en julio', afecta a numerosos trabajadores. Esta práctica aprovecha el periodo vacacional para notificar despidos, lo que dificulta la impugnación debido a la confusión sobre los plazos y la escasez de abogados disponibles. Expertos alertan sobre cómo esta estrategia, aunque legal, perjudica la defensa de los empleados.
Todos los años, a medida que julio avanza y las oficinas comienzan a vaciarse por las vacaciones de verano, muchos empleados reciben las temidas cartas de despido. Alejandro Llano, gerente del gabinete jurídico de UGT Cataluña, denuncia una modalidad de despido que, aunque no está oficialmente reconocida en el Estatuto de los Trabajadores, es bien conocida por quienes defienden los derechos laborales: "Hay un tipo de despido que no aparece en la ley pero es el más popular: el despido en julio. En la última quincena es increíble".
La clave de la denuncia de Llano reside en un detalle que, aunque puede pasar desapercibido, es crucial para la impugnación de un despido. El artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores establece un plazo de 20 días hábiles para impugnar un despido en España, excluyendo sábados, domingos y festivos. Sin embargo, el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial declara agosto como mes inhábil para "todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. No obstante, el Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitarlos a efectos de otras actuaciones". Una de las excepciones en las que agosto se habilita es, según el artículo 43.2 de la Ley de Jurisdicción Social, el despido de los trabajadores.
Este es el truco. La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social declara agosto mes inhábil para casi todo, pero hace una excepción con los despidos por considerarlos un procedimiento urgente. Esto genera confusión entre los trabajadores despedidos, quienes pueden dejar pasar el plazo de impugnación pensando que la justicia "está cerrada por vacaciones". "La norma, queriendo beneficiar al trabajador, le está perjudicando, declarando agosto hábil para los despidos", lamenta Llano. Un despido notificado el 20 de julio comienza a caducar mientras una gran parte del país está de vacaciones.
Además, trasladar la impugnación del despido a agosto conlleva otro coste perverso para los empleados: la dificultad para encontrar representación legal a tiempo. "En agosto es difícil encontrar un abogado. Muchos gabinetes están cerrados, porque los abogados también hacen vacaciones", destaca Llano. El despacho especializado Bermejo i Alegret confirma el mismo fenómeno de incremento de despidos en julio desde su propia perspectiva. Hablan de una "práctica silenciosa con alto coste jurídico" y advierten de un agravante cuando la empresa sabe que el trabajador está de vacaciones o incluso fuera del país al iniciar el proceso de despido. En estos casos, el letrado asegura que "los tribunales pueden interpretar esta conducta como indicio de desequilibrio en la relación" y señalar la vulneración del derecho de defensa, lo que podría inclinar la balanza hacia el reconocimiento de un despido improcedente o incluso nulo. Si la pregunta es cuán importantes son las cartas de despido, los jueces tienen la respuesta: 46.665 euros.
Aquí surge otra paradoja que, en parte, explica por qué esta situación persiste. A pesar de lo que denuncian Llano y otros abogados laboralistas desde su experiencia diaria, no existe un dato oficial que revele cuántos despidos ordinarios se producen durante el mes de julio. El Ministerio de Trabajo solo mide mensualmente los despidos colectivos a través de su Estadística de Regulación de Empleo, que en julio de 2025 contabilizó 4.864 trabajadores despedidos, frente a los 3.898 despidos de junio o los 992 de septiembre de ese mismo año. Estos despidos solo cuentan una parte de la historia, ya que representan un porcentaje de los despidos totales. El grueso de los despidos, los individuales y objetivos, se contabilizan anualmente en la Estadística de Despidos y su Coste, que sumó 643.681 despidos en los últimos registros de 2024, sin posibilidad de desglosarlos mes a mes. El Consejo General del Poder Judicial tampoco desglosa mensualmente las cifras de demandas por despido, y solo aporta el dato trimestral y anual. Por lo tanto, estamos ante un fenómeno que, aunque los abogados laboralistas ven repetirse cada verano, se mantiene invisible para las estadísticas oficiales.