El Tribunal de Justicia de la UE Respalda la Ley de Amnistía Española para Independentistas Catalanes

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado su visto bueno a la ley de amnistía española relativa al proceso independentista catalán. La corte considera que esta legislación es compatible con el derecho comunitario, ya que busca disminuir las tensiones políticas y fomentar la reconciliación. Esta determinación es crucial, pues ahora el Tribunal Constitucional español deberá decidir sobre su aplicación, influyendo directamente en el posible retorno de Carles Puigdemont a España.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirmó este jueves la legalidad de la normativa española de amnistía vinculada al movimiento independentista catalán. La institución judicial europea dictaminó que esta legislación se alinea con el marco legal de la comunidad porque su propósito es "reducir las fricciones institucionales y políticas y propiciar un escenario de reconciliación", conforme a lo expresado en un comunicado de prensa. Esta resolución establece ahora la pauta para el Tribunal Constitucional de España, cuya sentencia será fundamental para el eventual regreso a España del expresidente catalán Carles Puigdemont. El Tribunal Constitucional deberá determinar si el Tribunal Supremo debe concederle la amnistía por la acusación de malversación.

La amnistía "no impacta" en las finanzas europeas. La corte con sede en Luxemburgo abordó en primer lugar la consulta prejudicial presentada por el Tribunal español de Cuentas, la cual inquiría si la condonación de la responsabilidad contable por los gastos del proceso secesionista comprometería los fondos europeos. El TJUE desestimó esta preocupación.

El Tribunal de Justicia responde "negativamente" a dicha interrogante, pues "no se puede afirmar que los intereses financieros de la Unión se vean afectados por la mera disminución de la renta nacional bruta que podría potencialmente derivarse de la secesión de una porción del territorio nacional", según su dictamen.

La amnistía "no vulnera" la directiva antiterrorista. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que la ley de amnistía "no transgrede" la normativa europea contra el terrorismo. Esto se debe a que dicha medida de gracia excluye los delitos de terrorismo en el contexto del proceso independentista catalán que hayan provocado daños de gravedad.

Un plazo de dos meses, según la ley del olvido. El TJUE también validó el término de dos meses que la ley de amnistía otorga a los jueces españoles para decidir si deben aplicar la amnistía en sus respectivos casos. Esto es aplicable siempre y cuando los procedimientos queden en suspenso si se elevan cuestiones prejudiciales a la justicia europea, tal como ha sucedido en los casos examinados por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional.

Según la Corte, el plazo de dos meses no menoscaba el derecho a la tutela judicial efectiva, ya que se encuentra "delimitado" a la aplicación de la ley de amnistía. Por lo tanto, no podría generar inconvenientes "de carácter sistémico capaces de comprometer el correcto funcionamiento del sistema judicial nacional".

Los magistrados recordaron que el Gobierno español aclaró que el plazo de dos meses puede ser suspendido a la espera del pronunciamiento del TJUE y que las medidas cautelares impuestas a los encausados también pueden mantenerse.

Puigdemont impugnó ante el Tribunal Constitucional la resolución del Supremo de no aplicarle la ley de amnistía. Primero, por considerar que amnistiar el delito de malversación pondría en riesgo las finanzas europeas —un punto que el TJUE desestimó hoy— y, segundo, por entender que el expresidente se benefició al no sufragar personalmente el referéndum del '1-0'.