Audiencia de Madrid ratifica juicio con jurado popular para la esposa de Pedro Sánchez

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La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado que Begoña Gómez, cónyuge del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, será juzgada por un tribunal de jurado popular. Se le imputan presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación. Esta decisión respalda la determinación inicial del juez instructor, Juan Carlos Peinado, y descarta otras acusaciones previas.

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, será procesada por un tribunal de jurado por supuestos delitos de tráfico de influencias y malversación. Esta resolución avala la decisión previa del juez instructor Juan Carlos Peinado. La determinación, emitida por el pleno de la Sección 23 de la Audiencia, establece que el proceso seguirá el procedimiento para el Tribunal del Jurado, lo que significa que un panel de nueve ciudadanos residentes en la Comunidad de Madrid será el encargado de pronunciarse sobre la culpabilidad o inocencia de Gómez.

Sin embargo, el tribunal descartó que la cónyuge del jefe del Ejecutivo sea juzgada por los delitos de apropiación indebida y corrupción en los negocios, al considerar que no existen motivos para mantener tales acusaciones. A pesar de esto, la persistencia de los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación asegura la competencia del jurado popular.

En la misma resolución, la Audiencia confirmó que Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gómez, también será juzgada por un presunto delito de malversación de fondos públicos, exclusivamente en relación con el supuesto desvío de un software. En su caso, se descartó la imputación por tráfico de influencias. Asimismo, el tribunal acordó archivar para todos los implicados la acusación por presunta corrupción en los negocios.

La Audiencia también decidió separar del procedimiento ante el Tribunal del Jurado al empresario Juan Carlos Barrabés Cónsul, cuya investigación continuará a través del procedimiento abreviado para determinar la legalidad de las adjudicaciones de contratos públicos bajo escrutinio.

Por otra parte, la Sala dejó sin efecto las medidas cautelares personales que pesaban sobre Begoña Gómez y Cristina Álvarez, entre ellas la prohibición de salir de España, la entrega del pasaporte y la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad judicial. No obstante, ambas deberán permanecer localizables mientras el proceso judicial siga su curso.