El director de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Pedro Urrutia, manifestó inquietud por el aumento en la formación de organizaciones no gubernamentales (ONG) y la constante disolución de empresas. Estos patrones, según Urrutia, podrían ser indicadores de posibles irregularidades tributarias, destacando la necesidad de una revisión exhaustiva por parte de la administración fiscal para asegurar la legitimidad de sus operaciones.
El director general de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Pedro Urrutia, expresó su inquietud por el incremento en la formalización de organizaciones sin fines de lucro (ONG) y la frecuente disolución de compañías. Considera que ambos fenómenos podrían ser señales de alerta para el sistema tributario y requieren una investigación minuciosa.
Durante un encuentro con delegados de la Confederación Dominicana de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CODOPYME), el funcionario explicó que, aunque reconoce la existencia de empresas que reportan pérdidas genuinas, también se presentan situaciones donde las operaciones realizadas no concuerdan con dicha condición. Mencionó casos de compañías que continúan importando bienes o desarrollando actividades que justifican una evaluación por parte de la DGII.
Urrutia señaló que, al revisar los registros, se observan periodos en los que se establecen dos o tres nuevas ONG, mientras varias empresas son cerradas. Esta dinámica, desde la perspectiva fiscal, amerita una atención especial para determinar si responde a propósitos legítimos o si hay un uso indebido de estas figuras jurídicas.
El titular de la DGII enfatizó que cada organización sin fines de lucro debe operar de acuerdo con el objetivo para el cual fue fundada. Afirmó que la entidad fiscal tiene la obligación de verificar que esto se cumpla. Como ejemplo, cuestionó que una ONG dedicada a prácticas religiosas adquiera bienes que, a su parecer, no guardan relación con dicho propósito.
“Si una ONG fue creada para orar, ¿para qué necesita un Mercedes-Benz?”, preguntó Urrutia, indicando que este tipo de situaciones genera interrogantes que la administración tributaria está obligada a investigar en el marco de sus funciones de fiscalización.