Senador Antonio Taveras Impulsa Modificaciones al Código Penal para Fortalecer la Libertad de Expresión

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El senador Antonio Taveras Guzmán ha presentado una propuesta para reformar varios artículos del Código Penal dominicano. Su objetivo es reforzar la libertad de expresión y de prensa, adecuando los delitos contra el honor a principios de legalidad y proporcionalidad. La iniciativa busca proteger a los medios de comunicación de sanciones excesivas y fomentar el debate público sin intimidación.

En Santo Domingo, el legislador Antonio Taveras Guzmán reiteró una propuesta presentada al Senado hace un mes para revisar varias secciones del Código Penal. La finalidad es robustecer las garantías inherentes a la libertad de expresión y de prensa, y adaptar las infracciones contra el honor a los estándares de legalidad y proporcionalidad, salvaguardando así a los medios de comunicación de penalizaciones desmedidas.

Esta iniciativa sugiere cambios en los artículos 208, 210 y 212, además de la anulación del artículo 310 del Código Penal, con el propósito de alinear la legislación con los principios constitucionales y las normativas internacionales sobre derechos fundamentales.

Respecto al artículo 208, que trata sobre la difamación, el senador propone que este delito se restrinja únicamente a la atribución de hechos incorrectos, excluyendo opiniones, críticas o valoraciones subjetivas. Asimismo, plantea la supresión de las penas de prisión de dos a cinco años, reemplazándolas por sanciones de tipo civil, que consistirían en multas equivalentes a entre dos y ocho salarios mínimos, junto con medidas de carácter sociojudicial.

Taveras aclaró que la propuesta no busca eliminar la defensa del honor de los individuos, sino evitar que el derecho penal sea empleado para coartar el diálogo público o para intimidar a ciudadanos, periodistas, comunicadores y medios de comunicación al ejercer su derecho a manifestar sus ideas. De igual manera, se mantiene el derecho del individuo perjudicado a solicitar la correspondiente compensación por los daños sufridos.

En cuanto al artículo 210, referente a la injuria, la iniciativa establece que este tipo de expresiones, dada su naturaleza subjetiva, no debe ser castigado con severas sanciones penales, sino mediante multas y reparación civil. Esto permitiría un equilibrio entre la protección de la dignidad personal y la libertad de expresión.

En lo que concierne al artículo 212, la propuesta rechaza explícitamente la posibilidad de imponer el cierre de medios de comunicación, la suspensión de sus actividades o la confiscación de equipos como consecuencia de estos delitos. Se considera que tales acciones constituyen mecanismos de censura indirecta, incompatibles con una sociedad democrática. En caso de que se determine alguna responsabilidad para un medio de comunicación, esta deberá ser estrictamente de carácter civil.

El legislador también sugiere la derogación del artículo 310, que se refiere al ultraje a funcionarios públicos. Su argumento es que quienes desempeñan funciones públicas deben estar sujetos a un mayor nivel de escrutinio por parte de la ciudadanía y a una mayor tolerancia frente a las críticas, debido al impacto colectivo de sus determinaciones.

“Esta reforma no pretende menoscabar la protección del honor ni consentir abusos en la comunicación pública. Su objetivo es establecer un balance constitucional que resguarde la dignidad de las personas sin convertir el derecho penal en un instrumento para limitar la crítica, la prensa libre y la participación ciudadana”, afirmó el senador Antonio Taveras.