Tribunal Superior Ordena Juicio y Prisión Preventiva para Jean Andrés Pumarol

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La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ha revocado una decisión previa, admitiendo la acusación del Ministerio Público contra Jean Andrés Pumarol Fernández. El tribunal ha determinado que hay pruebas suficientes para proceder a un juicio de fondo y ha dictado tres meses de prisión preventiva para el acusado, quien deberá permanecer en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya.

La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ha anulado la resolución que previamente había favorecido a Jean Andrés Pumarol Fernández. En su lugar, ha aceptado la imputación presentada por la fiscalía y ha dispuesto que el caso sea elevado a juicio de fondo. La instancia judicial consideró que existen pruebas suficientes para respaldar la posibilidad de una sentencia condenatoria y ha ordenado que el involucrado cumpla tres meses de reclusión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya.

La Corte ha invalidado la Resolución Penal número 063-2023-2026-SRES-00164, emitida el 17 de marzo de 2026 por el Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, y ha respaldado la acusación del Ministerio Público, a la cual se sumaron los denunciantes y las partes civiles.

Pumarol Fernández será juzgado por la presunta infracción de los artículos 295 y 304, párrafo II, del Código Penal dominicano, así como de los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16, referente al Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados. Asimismo, deberá responder por la supuesta violación de los artículos 3, numeral 5; 61, numeral 6; y 66 de la Ley 248-12, sobre Protección Animal y Tenencia Responsable, además de otras imputaciones incluidas en el pliego acusatorio por los actos atribuidos en perjuicio de las víctimas identificadas en el proceso.

La Corte también ha aceptado la querella con constitución en actor civil presentada por los herederos de Yolanda Andar Abav y María Teresa Fabián de Heredia, al verificar que fue interpuesta dentro del plazo establecido y conforme a las normativas procesales. De igual forma, fueron admitidos como elementos de prueba los materiales presentados por el Ministerio Público, la parte querellante y la defensa del imputado.

El tribunal ha ordenado remitir el expediente y el auto de apertura a juicio a la Presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en un período de 48 horas, para que se fije la audiencia correspondiente. La determinación incluye el voto disidente del magistrado Teófilo Andújar Sánchez.

La responsabilidad penal de Pumarol Fernández será determinada durante el desarrollo del juicio de fondo, bajo el principio constitucional de presunción de inocencia.