La Justicia española ha suspendido el ingreso en prisión del cantautor Diego ‘El Cigala’, quien fue condenado a 25 meses de cárcel por malos tratos a su exesposa. La decisión se basa en que las penas individuales no superan el umbral legal para el cumplimiento inmediato. No obstante, la suspensión está condicionada a no cometer nuevos delitos y respetar una orden de alejamiento durante dos años.
La Justicia española ha dictaminado la suspensión del ingreso en prisión del reconocido cantautor Diego Ramón Jiménez Salazar, artísticamente conocido como Diego ‘El Cigala’. Esta decisión se produce a pesar de que el artista fue sentenciado a 25 meses de cárcel por múltiples delitos de malos tratos dirigidos hacia su exesposa.
La confirmación de esta medida provino de su abogado, Eduardo Aguilera, una vez que la sentencia alcanzó firmeza tras ser ratificada por instancias judiciales superiores.
La resolución fue emitida por el Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera, en Cádiz. El tribunal consideró que ninguna de las penas individuales impuestas por los tres delitos de violencia de género excede el umbral establecido por la legislación española para ordenar el cumplimiento inmediato de una condena en prisión.
No obstante, la suspensión de la pena está supeditada al cumplimiento de diversas condiciones. Durante un periodo de dos años, el intérprete tiene prohibido cometer nuevos delitos y deberá acatar estrictamente la orden de alejamiento impuesta en favor de la víctima, lo que implica no comunicarse con ella y mantener una distancia mínima de 200 metros.
La condena contra el artista se hizo definitiva después de que tanto la Audiencia de Madrid como el Tribunal Supremo desestimaran los recursos presentados por las partes involucradas y confirmaran el veredicto original, emitido en diciembre de 2024.
Según lo establecido en la resolución judicial, Diego ‘El Cigala’ fue encontrado culpable de tres episodios de malos tratos que tuvieron lugar en distintas localidades de España: uno en un hotel de Jerez de la Frontera, otro en un establecimiento de Palafrugell, en Girona, y un tercer incidente en la residencia que compartía con su entonces pareja en Jerez, este último calificado por la justicia como un delito agravado.
Además de las penas de prisión, el cantante también fue condenado por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico. Para este delito, deberá cumplir una sanción de 25 días de localización permanente en un domicilio diferente al de la víctima. La sentencia también mantiene las medidas de protección previamente dictadas a favor de su exesposa.