Fiscalía pide cárcel para comunicador acusado de agresión en caso Jet Set

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El Ministerio Público ha solicitado prisión preventiva para un individuo acusado de agredir físicamente a otra persona en el Palacio de Justicia. El incidente ocurrió durante una manifestación relacionada con el caso Jet Set. La solicitud fue presentada ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.

La solicitud de encarcelamiento preventivo fue dirigida a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional en contra de Jhossan Gaudencio Capell de Castro, quien fue detenido el viernes anterior por una orden judicial emitida por la Coordinación de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional.

Según el caso preparado por la fiscal investigadora Yesenia Hernández, asignada al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios), el suceso tuvo lugar el 27 de abril de 2026, cerca de las 10:30 de la mañana, en el patio interno del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

La investigación revela que el acusado participaba en demostraciones de apoyo a los enjuiciados por el caso Jet Set cuando ocurrió el altercado.

El Ministerio Público señala que la víctima, José Luis Custodio Peña, cuyo hijo perdió la vida en el derrumbe del techo de la discoteca Jet Set en abril de 2025, mostró su desacuerdo con las protestas, instante en el que supuestamente fue atacado por el imputado.

La acusación formal establece que Capell de Castro se aproximó a Custodio Peña y le dio una cachetada en la cara, golpeándolo en el ojo derecho y la nariz.

A raíz del ataque, la víctima experimentó dolor en el puente nasal y el oído derecho, visión confusa y tinnitus, por lo cual continúa bajo supervisión médica especializada en oftalmología y otorrinolaringología.

La entidad acusadora comunicó que el incidente fue observado por varios testigos y registrado en videos de cámaras de seguridad y medios de comunicación que se encontraban en el lugar.

El Ministerio Público ha calificado provisionalmente el caso como una infracción del artículo 309 del Código Penal Dominicano.